Consejería de Bienestar Social

El Gobierno regional decreta los nuevos requisitos de las residencias de mayores

El proyecto de ampliación de la residencia ‘Los Jardines’ deberá ajustarse a lo aprobado por el Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha aprobó este martes el decreto por el que se actualizan las condiciones básicas que deben reunir los centros de atención especializada para personas mayores. Entre otras medidas, recoge los requisitos que deben cumplir las residencias, adaptadas a la nueva realidad derivada de la Covid-19 y a las distintas modificaciones legislativas.

El alcalde de Manzanares, Julián Nieva, expuso en el último pleno municipal que la comprometida ampliación de la residencia pública de mayores ‘Los Jardines’ estaba a la espera de las modificaciones legales en las que trabajaban las administraciones competentes con el fin de adecuar el proyecto a los nuevos tiempos y necesidades que han surgido con la crisis sanitaria y social que vivimos desde 2020.

Entre las modificaciones más importantes que refleja la nueva normativa, aprobada este martes, están las características técnicas y arquitectónicas de los edificios y espacios que han de garantizar la accesibilidad de los residentes. Además, las residencias de mayores tendrán que tener al menos la mitad de sus habitaciones de uso individual. Todas deberán tener una zona destinada a la enfermería, dependiendo de las características y plazas de cada residencia, y las residencias de más de 45 plazas deberán contar también con un despacho médico.

La obligatoriedad de esta normativa para los centros que se construyan en el futuro debe coexistir con la realidad de los centros que están autorizados y en funcionamiento actualmente, para los que se establece un período de tránsito que haga compatible el modelo deseable de futuro, con la disponibilidad actual necesaria para el mantenimiento del sistema.

Los centros que regula el Decreto, además de las residencias, son los centros de día y de noche, centros ocupacionales, viviendas, centros de acogida u otros que se consideren necesarios para la atención de la población. La nueva norma recoge cuáles son esos centros y concreta sus funciones, estructura, características técnicas y medios humanos y materiales necesarios para la prestación de los servicios de forma adaptada a las necesidades de los usuarios.

Otra novedad recogida en el Decreto, en la línea de favorecer la permanencia en el entorno de las personas mayores, dinamizar la economía de la zona y ayudar a fijar población, es la posibilidad de que estos centros presten servicios de apoyo a la comunidad, siempre que sus condiciones lo permitan, pudiendo servir comida a domicilio, hacer lavado de ropa, atención de fisioterapia o podología, entre otros servicios que se vayan revelando como necesarios y convenientes para el beneficio de las personas mayores.