Sanidad prorroga otros diez días las medidas especiales de nivel 2 en Castilla-La Mancha

La Consejería de Sanidad ha decretado la prórroga de medidas nivel 2 para la contención de la expansión de la COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Los municipios de la región con medidas especiales en vigor de nivel 3 mantendrán este nivel hasta que mejoren sus indicadores epidemiológicos.

La tasa de incidencia acumulada en las semanas 44 y 45 (300 y 265 casos por 100.000 habitantes respectivamente), la incidencia acumulada en los últimos 14 días (próxima a los 600 casos por 100.000 habitantes), las elevadas tasas de incidencia en personas con 65 y más años de edad (incidencia acumulada en los últimos 14 días en torno a 600 casos por 100.000 habitantes), el peso relativo los mayores de 64 años de edad sobre el total de casos (19,1%), el elevado porcentaje de pruebas diagnósticas positivas (19,0%) y la situación de los indicadores de ocupación hospitalaria (especialmente la ocupación de UCI), se sitúan claramente muy por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.

Estos indicadores ponen de manifiesto que, aunque se ha observado una cierta mejoría de la semana 45 a la semana 44, Castilla-La Mancha todavía se encuentra en un escenario de transmisión comunitaria, lo que exige la adopción de medidas específicas a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

Por todo ello prorrogan las medidas de nivel 2 durante un mínimo de 10 días en todos los municipios de la Castilla-La Mancha. Incluye el cierre de hogares de jubilados, supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes, reducción del aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

Continúan la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores, la suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores.

Se permite un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres. En bodas y bautizos se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

Siguen suspendidas actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

Cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30 %.

Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50% del aforo máximo permitido.

Los hoteles solo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 % en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.

Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.