El Manzanares CF es desde ayer el nuevo colista de la 3ª RFEF tras perder en los despachos el punto que ganó en la primera jornada en Valdepeñas. El juez único de competición de la Federación de Fútbol de Castilla-La Mancha desestima las alegaciones del club franjiblanco tras la reclamación valdepeñera por alineación indebida de Juan Mora, que tenía pendiente un partido de sanción con su anterior equipo.
Juan Mora, uno de los fichajes del Manzanares esta temporada, vio la quinta amarilla -que acarrea un partido de suspensión- en el último partido que jugó la pasada campaña con su anterior equipo, el Miguelturreño, en Primera Autonómica Preferente. Sin embargo, jugó con los franjiblancos en la primera jornada de liga de 3ª RFEF en Valdepeñas, donde el Manzanares empató a cero y consiguió su primer punto.
Para el Manzanares, Juan Mora era alineable ya que según el artículo 119.4 del Código Disciplinario de la RFEF, esta sanción por acumulación de amonestaciones “no será de aplicación en aquellos casos en que la amonestación con la que el/la jugador/a cumpliría el ciclo a que esta norma hace referencia, tenga lugar en el último partido que el club dispute en la competición de que se trate”.
Sin embargo el Valdepeñas reclamó alineación indebida de este jugador. El Manzanares presentó alegaciones que, este martes, fueron desestimadas por el juez único de competición de la Federación de Fútbol de Castilla-La Mancha al considerar de aplicación el artículo 56 del citado código, que en su apartado 5 establece que “cuando una competición hubiera concluido o el club de que se trate haya resultado eliminado y quedara pendiente el cumplimiento de algún partido de suspensión, la sanción se cumplirá en la próxima temporada, según los criterios establecidos en el punto primero y segundo del presente artículo, con independencia de que el/la sancionado/a cambie de categoría, división o grupo”.
Abunda el juez de competición en lo que añade este código en su apartado 6, que establece que “los/as futbolistas que resulten suspendidos/as con ocasión de infracciones cometidas en el marco de una competición de ámbito territorial, no podrán intervenir en ningún partido correspondiente a cualquier competición oficial de ámbito estatal, hasta que haya cumplido la sanción que le fue impuesta, salvo que las infracciones se hayan cometido en el marco de una competición territorial por sistema de eliminatoria, en cuyo caso la sanción habrá de cumplirse con arreglo a lo previsto en la normativa de ámbito territorial correspondiente”.
Desde el Manzanares CF se ha anunciado la interposición de un recurso ante una normativa que parece contradictoria a todas luces. La afición manzanareña está muy enfadada con esta decisión ya que el artículo concreto del código de la RFEF que hace mención a las sanciones por acumulación de amonestaciones, como es el caso de Juan Mora, es el 119, y no el 56 al que alude el juez único de competición, ya que ese artículo se refiere al resto de sanciones.
Mientras tanto, el club ha sido sancionado con la derrota, por lo que se queda colista sin puntos. Y para mayor enfado de la parroquia manzanareña, el mismo juez ha sancionado con dos partidos de suspensión “por protestar de forma ostensible o insistente al árbitro” al segundo entrenador, Julián Alcolea, que únicamente reclamó al colegiado que no sancionara una fea entrada sobre Ismael Sagra justo delante del banquillo manzanareño.